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El Juzgado de lo Penal número 3 de Jerez de la Frontera ha condenado al cantaor Ramón J.S., conocido artísticamente como Diego ‘El Cigala’, a dos años y un mes de prisión por delitos de malos tratos cometidos contra su exmujer. La sentencia, que no es firme, puede ser recurrida ante la Audiencia Provincial de Cádiz.
La jueza considera probado que el artista agredió a la víctima en diferentes episodios ocurridos entre 2017 y 2020. En un hotel de Jerez, Diego ‘El Cigala’ propinó una bofetada a su entonces pareja tras una discusión. En un segundo incidente en un hotel de Palafrugell (Girona), el cantaor la empujó, la hizo caer al suelo y continuó golpeándola con patadas, aunque no se registraron lesiones físicas. Posteriormente, en la vivienda familiar de Jerez, durante una discusión en presencia de sus hijos, el acusado la agarró del cuello y le dirigió insultos graves.
Vejaciones continuadas
La sentencia también recoge un delito leve de vejaciones continuadas, por el que se le impone localización permanente durante 25 días en un domicilio diferente al de la víctima y la prohibición de acercarse a menos de 200 metros durante seis meses. Por otro lado, el juzgado mantiene vigentes las medidas cautelares de protección que fueron establecidas en junio de 2021.
El tribunal absuelve al artista del delito de maltrato agravado relacionado con un incidente en el aeropuerto de Punta Cana, ya que no considera probado que zarandeara a la víctima mientras ella sostenía a su hijo en brazos.
La jueza analiza también la relación sentimental entre ambos, que se inició en 2014 y de la que nacieron dos hijos. Durante su convivencia en la residencia del cantaor en República Dominicana, la víctima dependía económicamente del acusado, quien cubría todos los gastos familiares, como alimentación, cuidados médicos o viajes a España. Según la sentencia, la relación comenzó a deteriorarse con el primer embarazo, dando lugar a discusiones frecuentes en las que el acusado dirigía insultos graves a su entonces pareja.
En la resolución judicial se descarta que existiera una relación de dominación y control económico hacia la víctima, y no se establece responsabilidad civil, ya que los informes de los expertos concluyen que la denunciante no presenta secuelas psicológicas.