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El menor de edad que mató al asesino de su padre será internado en régimen cerrado durante siete años. Así lo ha establecido el juzgado de Menores número 1 de Huelva para el joven acusado de matar de una paliza al hombre de 77 años que asesinó a su padre unos años antes en Rociana del Condado (Huelva).
Según ha indicado el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) en un comunicado, la magistrada atribuye al menor un delito de asesinato. A su vez, también le imputa de un delito de obstrucción a la Justicia y le impone siete años de internamiento en régimen cerrado con valoración de tóxicos. La sentencia se ha notificado este miércoles a las partes personadas, aunque se puede interponer un recurso de apelación ante la Audiencia Provincial.
Tras el asesinato, el joven «se expuso al consumo de tóxicos»
La sentencia indica que los informes emitidos por el centro de internamiento de menores infractores donde estuvo internado cautelarmente «destaca que el joven, para afrontar el duelo, se expuso al consumo de tóxicos». Así, la medida se completará con tres años de libertad vigilada con la asistencia educativa, computándose el tiempo transcurrido con carácter cautelar.
Asimismo, la acusación particular solicitó la duración máxima de la medida de internamiento, que en este caso alcanzaría los diez años al ser el joven mayor de 16 años en el momento de los hechos. No obstante, la magistrada no considera «beneficiosa» una medida que alcance el máximo temporal «atendiendo a las circunstancias concurrentes en el joven y en atención al interés superior del mismo», teniéndose en consideración «la evolución positiva que ha mantenido» en el centro de internamiento. Además, y en concepto de responsabilidad civil, el joven deberá indemnizar con un total de 270.110,31 euros a la familia de la víctima.
La víctima estaba pendiente de la resolución de recurso de casación
La jueza marca como probado que los hechos tuvieron lugar minutos antes de las 12:00 horas del 29 de febrero de 2024. En este momento, el menor estaba acompañado de su madre en una farmacia de la localidad de Rociana del Condado cuando entró la víctima. Esta estaba condenada por el asesinato del padre del joven en sentencia dictada el 1 de marzo de 2023 por la Audiencia Provincial de Huelva. La condenada la confirmó el TSJA el 11 de octubre de 2023 y pendiente de la resolución de recurso de casación por parte del Tribunal Supremo.
La sentencia al menor precisa que este, al ver entrar a la víctima, «comenzó a ponerse nervioso, no dejando de mirarle mientras atendían a su madre». Los hechos relatan que el fallecido se sentó en un asiento muy cerca del joven, de modo que, cuando se disponían a abandonar el establecimiento, el adolescente, «con ánimo de acabar con su vida, en venganza por el hecho cometido años atrás, y actuando al margen de la Justicia, propinó una fuerte patada» al varón en el pecho «de forma sorpresiva e inesperada».
Golpeó hasta 18 veces a la víctima
La magistrada añade que el menor, de esta forma, «impidió cualquier reacción defensiva que pudiera provenir por parte» del agredido, quien «se encontraba sentado en espera de ser atendido». Tras esto, el joven «le volvió a dar otra patada más, y acto seguido comenzó a golpearle de forma brutal con numerosos puñetazos en la cara y en la cabeza».
Además, según considera probado la sentencia, el fallecido «se encontraba sentado, no podía incorporarse y perdió el conocimiento tras los primeros puñetazos, si bien el joven expedientado continuó golpeándolo» y le propinó un total de 18 golpes «a pesar de que la víctima se encontraba inerte desde los primeros puñetazos».
La juez indica que, una vez concluida la agresión, el menor y su madre abandonaron la farmacia, dejando al hombre «ensangrentado e inconsciente en el sillón de espera». El mismo día de la agresión, el perjudicado fue ingresado en estado crítico en la Unidad de Cuidados Intensivos (UCI) de un centro hospitalario de Huelva capital, falleciendo finalmente el día 27 de marzo de 2024.
Por auto de 6 de marzo de 2024, el Juzgado de Menores de Huelva acordó imponer al menor la medida cautelar de internamiento en régimen cerrado con valoración de tóxicos, prorrogada por un periodo de tres meses mediante auto de 29 de julio de 2024. Una vez finalizado el tiempo máximo de la medida cautelar de internamiento en régimen cerrado, por auto de 21 de noviembre de 2024 se acordó la medida cautelar de convivencia en grupo educativo.
El menor mató al asesino de su padre por «venganza»
La magistrada resalta que la prueba principal incriminatoria contra el menor son los vídeos aportados al procedimiento «donde queda grabada toda la agresión, así como los momentos inmediatamente anterior y posteriores al acometimiento realizado por el acusado sobre la víctima». Además, la prueba viene corroborada por otras como el informe de la autopsia, las testificales, las periciales ratificadas en el plenario y las documentales, en especial el atestado obrante en autos y ratificado por los agentes.
Igualmente, la jueza atribuye al menor un delito de obstrucción a la Justicia. La magistrada considera que el joven mató al asesino de su padre por «venganza», de manera que lesiona «a la Administración de Justicia, como bien jurídico protegido, ejercitando una justicia privada, propia de organizaciones primitivas, desterradas en un sistema judicial basado en el Estado de Derecho». Entiende que «causa la muerte» del autor del asesinato de su padre «en represalia de este hecho al no aceptar la respuesta de la Administración de Justicia».
En la audiencia celebrada el pasado mes de noviembre, la defensa del menor sostuvo la existencia de una capacidad mermada en su patrocinado «al no poder gestionar el duelo de la muerte de su padre», lo que habría afectado a sus capacidades volitivas o cognoscitivas por existir un trastorno de la personalidad. En cualquier caso, la magistrada concluye que no ha quedado acreditada la concurrencia de circunstancias eximentes completas o incompletas ni de atenuante en este sentido.