Tras el anuncio este martes de la vuelta a la situación prepandemia en muchos aspectos, ya se ha publicado el BOJA que muestra la normativa que determina las medidas de la «nueva normalidad» en Andalucía. Las medidas han entrado en vigor este mismo jueves.

Así, este documento recoge principalmente las medidas que se deberán guardar en el nuevo nivel de alerta sanitaria 0, en el que entrarán la mayoría de municipios andaluces este mismo viernes. En primer lugar, este nivel de alerta se aplicará «a un municipio o distrito sanitario, previo informe del Comité Territorial de Alerta Sanitaria de Salud Pública de Alto Impacto, por las persona titulares de las Delegaciones Provinciales o Territoriales competentes en materia de salud, de conformidad con el artículo 3».

Medidas de la nueva normalidad en Andalucía

El BOJA también recoge las indicaciones a seguir en eventos multitudinarios y toda clase de momentos la vida cotidiana. En primer lugar, se indica que «en el nivel de alerta sanitaria 0, las actividades previstas en esta orden podrán realizarse en instalaciones públicas o privadas debidamente habilitadas sin superar en ningún caso el aforo que tengan autorizado por su normativa de aplicación, y siempre con la mayor distancia interpersonal posible».

Es decir, la distancia interpersonal, el uso de la mascarilla de forma obligatoria y la higiene de manos continuarán vigentes, según recoge este BOJA de la llegada de la «nueva normalidad». Además, se insta a «tener una adecuada ventilación en los espacios cerrados» con el fin de evitar una fácil transmisión del virus.

En cuanto a las restricciones de horarios en comercios y actividades de hostelería y ocio nocturno, se eliminan. «El horario máximo de estos establecimientos será el determinado en su normativa sectorial o municipal de aplicación», por lo que será la normativa vigente en cada sector la que delimite los horarios de actividad.

También los aforos en probadores, salas de lactancia, aseos y vestuarios se recupera el aforo máximo permitido «manteniendo el uso obligatorio de mascarilla, una ventilación adecuada y estableciendo las medidas organizativas oportunas para evitar aglomeraciones que impidan mantenimiento de las medidas preventivas y de higiene, adecuadas para prevenir los riesgos de contagio».

Actos y espectáculos públicos

En cuanto a cines, teatros, auditorios, establecimientos especiales para festivales, circos
de carpa y espacios similares, así como en recintos al aire libre y en otros locales y
establecimientos destinados a actos y espectáculos públicos, se han establecido una serie de medidas específicas.

En primer lugar, se deberá establecer un circuito de circulación de las personas, de tal manera que «se respete la distancia de seguridad interpersonal». Asimismo, la apertura de puertas deberá producirse con suficiente antelación para evitar aglomeraciones. Además, «no se permitirá el consumo de bebidas o alimentos en la zona de público, debiendo realizarse en las zonas habilitadas para ello para cada sector, que respetarán las medidas establecidas para establecimientos de restauración».

Por último, «en los ensayos y conciertos de bandas de música, los instrumentos de viento, incluidas sus partes, como cañas o boquillas, no deberán compartirse entre los diferentes integrantes, siendo su uso exclusivo».

Unas medidas que son prácticamente testimoniales y que abren la puerta a que Andalucía recupere de forma progresiva la vida antes de la pandemia.

Periodista 'todoterreno'. Enamorado del balompié y de sus variantes. Apasionado por conocer. 'El fútbol es la cosa más importante de las menos importantes'. Arrigo Sacchi.

Leave a comment

Deja un comentario