El Tribunal Supremo ha confirmado la condena a los ex presidentes de la Junta de Andalucía Manuel Chaves y José Antonio Griñán por el caso ERE. Se pronuncia así, anticipando el fallo de la sentencia, tras haber concluido la la deliberación de los recursos de casación interpuestos contra la sentencia de la Audiencia Provincial de Sevilla.

Hay que recordar que la Audiencia Provincial de Sevilla condenó a Griñán por un delito continuado de prevaricación a diez años de inhabilitación para empleo o cargo público y en concurso medial con un delito continuado de malversación, a 6 años de prisión e inhabilitación absoluta por tiempo de 20 años. Manuel Chaves fue condenado a diez años de inhabilitación para empleo o cargo público por un delito continuado de prevaricación.

El fallo, emitido por los magistrados Juan Ramón Berdugo Gómez de la Torre (Presidente), Ana Ferrer García, Susana Polo García, Carmen Lamela Díez y Eduardo de Porres Ortiz de Urbina (Ponente) se conocerá en los próximos días. El tribunal ha estimando totalmente tres recursos de casación y parcialmente uno de ellos y desestimando los restantes recursos.

El Supremo ha absuelto del delito continuado de prevaricación administrativa a Javier Aguado Hinojal, a Juan Francisco Sánchez García y a Lourdes Medina Varo, declarando de oficio las costas procesales de primera instancia y las derivadas de sus recursos de casación.

Por otra parte, ha condenado a Juan Márquez Contreras como autor responsable de sendos delitos continuados de malversación de caudales públicos y prevaricación administrativa, en relación de concurso ideal, apreciando la atenuante analógica y muy cualificada de reparación del daño, con la consiguiente reducción de sanciones, imponiéndole la pena de prisión de tres años, con la accesoria de inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena y a la pena de inhabilitación absoluta por tiempo de siete años y seis meses, que conlleva la privación definitiva de todos los honores, empleos y cargos públicos que tuviere el penado o cualesquiera otros honores, cargos o empleos públicos, con imposición de las 2/37 partes de las costas procesales de primera instancia y declarando de oficio las causadas con su recurso de casación.

Por otra parte, se mantienen los restantes pronunciamientos de la sentencia impugnada. El texto íntegro de la sentencia será publicado una vez se redacte el voto discrepante anunciado por las magistradas Ana Ferrer García y Susana Polo García.

En dicho voto se considera que también deberían haber sido estimados parcialmente los recursos interpuestos por Miguel Ángel Serrano Aguilar, Jesús María Rodríguez Román, Francisco Vallejo Serrano, Carmen Martínez Aguayo y José Antonio Griñán Martínez y que, anulada la sentencia de instancia, estos recurrentes deberían haber sido absueltos del delito continuado de malversación de caudales públicos.

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