Archivo - Edificio judicial de La Caleta - EUROPA PRESS/ARCHIVO
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La magistrada del Juzgado de Instrucción número 9 de Granada, al que ha llegado por reparto la causa de Juana Rivas y su hijo menor, acuerda abstenerse del conocimiento del caso Rivas y suspender la tramitación del mismo hasta que la Audiencia Provincial resuelva sobre la abstención.

Esta decisión no afecta a la medida cautelar adoptada por el Juzgado de Instrucción número 4 de Granada la semana pasada. En funciones de guardia acordó suspender de forma provisional la entrega del hijo menor de Juana Rivas al padre acordada por la Corte de Apelación de Cagliari (Italia) para el 8 de enero. Ello, tras la denuncia que Rivas presentó contra Francesco Arcuri por presuntos malos tratos.

Persiste el conflicto entre juzgados

En el auto, la jueza de Instrucción 9 explica que en marzo de 2019, cuando estaba destinada en la Sección Primera de la Audiencia de Granada, resolvió como ponente el recurso interpuesto contra la sentencia del Juzgado de lo Penal 1 que condenó a cinco años de prisión a Juana Rivas por sustracción de menores.

La Audiencia Provincial confirmó la pena y rebajó de 30.000 a 12.000 euros la indemnización que debía pagar a su expareja por daño moral. La jueza de Instrucción 9 explica que su participación en esta sentencia «entre las mismas partes y por hechos muy semejantes» es una causa de abstención recogida en la ley. Por tanto, según la jueza debe abstenerse «antes de ser recusada», decisión que ya ha comunicado a la Audiencia de Granada.

En el auto, la jueza explica que el caso entró en su juzgado el lunes procedente de reparto, la defensa de Juana Rivas solicitaba la permanencia en territorio español del hijo menor. El niño, que vino a España autorizado por la Corte de Apelación de Cagliari, debía retornar a Italia el 8 de enero con el padre, quien tiene la guarda y custodia.

Así, se acuerda suspender el curso del procedimiento de Juana Rivas hasta que la Audiencia Provincial resuelva la abstención.

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