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El Juzgado de Instrucción número seis de Sevilla ha resuelto continuar como procedimiento abreviado las diligencias previas seguidas contra el exdirector general de Trabajo y Seguridad Social de la Junta de Andalucía, Daniel Alberto Rivera (PSOE), y otros 20 investigados en una pieza separada del caso de los expedientes de regulación de empleo (ERE) fraudulentos, centrada en las presuntas irregularidades en las ayudas por más de 35 millones de euros concedidas por la Junta a empresas del Grupo Ruiz-Mateos bautizadas como Complejo Bodeguero Bellavista, Zoilo Ruiz-Mateos S.L., Hotel Cervantes -Europa Center- y Comercial Alimentaria Dhul S.L.
En un auto notificado este jueves a las partes, el magistrado aprecia presuntos delitos de prevaricación administrativa, malversación de caudales públicos y falsedad documental. De este modo, el juez acuerda continuar las diligencias previas como procedimiento abreviado, como presuntos responsables penales, contra un total de 21 investigados, entre ellos Daniel Alberto Rivera, exdirector de Trabajo y Álvaro, Francisco Javier y Alfonso Ruiz-Mateos, hijos del conocido empresario y político jerezano José María Ruiz-Mateos.
Asimismo, el magistrado acuerda el sobreseimiento provisional de la causa respecto de otros 16 investigados al considerar que «no se encuentran en la causa indicios sólidos que permitan atribuirles participación (relevante penalmente) en los hechos por los que se procede en la presente causa».
Los casos de Fernández, Barberá, Márquez y Jacinto Cañete
Asimismo, el instructor explica que no es posible depurar la posible responsabilidad penal ni continuar el procedimiento por su participación en estos hechos contra el exconsejero de Empleo Antonio Fernández; el exviceconsejero Agustín Barberá, el exdirector general de Trabajo Juan Márquez y el ex director general de la agencia IDEA Jacinto Cañete; pues «ya habrían sido encausados por la perpetración de aquéllos en el procedimiento abreviado relativo a la ilicitud penal del denominado procedimiento específico instaurado para la ilícita concesión de ayudas por parte de los responsables de la Junta», siguiendo así el criterio de la Sección Séptima de la Audiencia de Sevilla.
Fernández y Barberá cumplen actualmente condena de cárcel por su papel en el denominado «procedimiento específico» de los ERE, mientras la pena de prisión de Márquez está suspendida eventualmente, después de que el Tribunal Supremo la rebajase a tres años.
El magistrado indica una vez más que no concurren en Daniel Alberto Rivera «las mismas circunstancias sustantivas o procesales que las que recaen en sus antecesores en el cargo» y que «en consideración a los mismos motivos por los que en su momento se excluyó» a Juan Márquez y a Francisco Javier Guerrero, «no puede tener acogida porque Rivera no ha sido enjuiciado en la causa del denominado procedimiento específico».
Las indemnizaciones por despido y los «intrusos»
Las ayudas, según el juez instructor, habrían sido destinadas al pago de compromisos financieros y laborales de la empresa, tales como indemnizaciones por despido derivadas de cuatro ERE concertados y autorizados por la autoridad laboral mediante la financiación de un seguro de rentas, incluyendo también en dicho aseguramiento a algunas personas sin relación laboral con las empresas, es decir los «intrusos».
Y ello es así «con independencia de que Rivera pudiera no haber tenido connivencia alguna con el resto de investigados, pues dicha circunstancia no constituiría una causa excluyente de la antijuricidad de su conducta en relación a los hechos delictivos objeto del presente procedimiento».
Para el juez, «dicha actuación revisora y de comprobación realizada por el investigado respecto de la inclusión de los «intrusos» no puede ser valorada como una circunstancia eximente o como una excusa absolutoria de los ilícitos penales en los que habría tenido participación en 2010».
Tiempo atrás, la abogada defensora de Rivera lamentaba en el juicio por otra pieza separada de los ERE que, tras su exclusión de la pieza principal del «procedimiento específico», Daniel Alberto Rivera afronte su inculpación en unas 50 piezas separadas correspondientes a las ayudas en cuestión financiadas con cargo a dicho mecanismo de financiación, con peticiones de pena de una media de seis años de cárcel, lo que suma a unas solicitudes de condena que llegan a unos 300 años de prisión.