La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo (TS) ha condenado a penas de entre 4 años y medio y 5 años y 9 meses de prisión a cuatro acusados, tres de ellos exaltos cargos de la Consejería de Empleo de la Junta de Andalucía, por delitos de prevaricación administrativa, malversación de caudales públicos y falsedad en documento oficial en el llamado ‘caso Umax’. Los hechos enjuiciados tuvieron lugar durante los años 2003 a 2009 y, según la sentencia, consistieron en la creación y mantenimiento en el ámbito de la Consejería de Empleo de la Junta de Andalucía de una estructura paralela de personal, utilizando un contrato verbal y con incumplimiento total de las normas administrativas que regulan la contratación de personal al servicio de las administraciones públicas.
Añade que se contrató por parte de la empresa Umax Informática y Consultoría S.L. al menos a 44 personas, con vínculos de vecindad, amistad o parentesco con algunos de los condenados, que habían de prestar servicios en la Consejería o en las Delegaciones de Trabajo. Para dar cobertura formal a las contrataciones se simularon contratos menores, contratos negociados sin publicidad y facturas que reflejaban servicios no prestados. En el contrato se pactó el pago de unas retribuciones que incluían un porcentaje en beneficio de la empresa y en perjuicio de la Administración.
El Supremo ha confirmado íntegramente la condena a 5 años y 9 meses de prisión y 10 años de inhabilitación absoluta impuesta por la Audiencia Provincial de Sevilla tanto al exdirector general de Trabajo y Seguridad Social, Francisco Javier Guerrero, fallecido en 2020 y cuyo recurso ha sido mantenido por sus herederos, como al administrador único de la empresa Umax Informática y Consultoría S.L. Ulpiano Cuadrado Gómez por los tres delitos referidos.
Recursos
Además, el tribunal estima en parte el recurso de casación y condena al ex exdirector general de Trabajo y Seguridad Social Juan Márquez Contreras por un delito de malversación de caudales públicos y falsedad documental a una pena de 5 años y 3 meses de prisión y 9 años de inhabilitación. En su caso, señala que la absolución del delito de prevaricación no supone modificación alguna de la pena impuesta en la sentencia recurrida.
De igual modo, estima parcialmente el recurso del exsecretario general Técnico Javier Aguado Hinojal, a quien condena por un delito de malversación de caudales públicos a 4 años y seis meses de prisión y 8 años de inhabilitación absoluta. La Audiencia Provincial de Sevilla le condenó a 5 años y 3 meses de prisión y 9 años de inhabilitación absoluta por los delitos de malversación de caudales públicos, prevaricación administrativa y falsedad en documento oficial.
Absoluciones
Asimismo, el tribunal ha absuelto a la exsecretaria general Técnica Lourdes Medina Varo y al exdirector general de Trabajo Daniel Alberto Rivera Gómez que tuvieron relación con el caso en los dos últimos años. La Audiencia Provincial de Sevilla había condenado a la primera a 5 años y 3 meses de prisión y 9 años de inhabilitación absoluta por los tres delitos citados y al segundo a una pena de 7 años de inhabilitación por un delito de prevaricación administrativa.
El Tribunal Supremo dispone en su sentencia, ponencia del magistrado Eduardo de Porres, que en el trámite de ejecución de sentencia se determine la cuantía de la indemnización que, en concepto de responsabilidad civil, corresponde pagar a cada uno de los condenados por los daños y perjuicios causados a la Junta de Andalucía, con el límite de las cantidades impuestas en la sentencia recurrida.