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El abogado de José Antonio Griñán ha acreditado hoy ante la Audiencia Provincial de Sevilla que el expresidente andaluz padece un cáncer de próstata «de alto riesgo» detectado hace ocho días, según ha publicado la periodista Isabel Morillo, de El Periódico de España.
Según esta información, Griñán habría confirmado a dicho medio que sería su abogado, José María Calero, quien hoy acudiría ante la Audiencia Provincial de Sevilla a describir esta nueva situación y acreditar el cáncer con toda la documentación necesaria ante su inminente ingreso en la cárcel.
Hay que recordar que la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Sevilla dictó ayer un auto en el que desestima los recursos de súplica presentados por ocho de los condenados a cárcel por el caso ERE, todos ellos ex altos cargos de la Junta de Andalucía, contra la resolución en la que el tribunal denegó suspender las penas privativas de libertad mientras se tramita el indulto, requiriendo a siete de ellos para que en el plazo de diez días naturales ingresen voluntariamente en un centro penitenciario, plazo que empezaría a contar a partir de hoy viernes, cuando se produce la notificación efectiva a los procuradores.
Un tratamiento incompatible con su ingreso en prisión
Según contó Isabel Morillo, Griñán tiene «asumida» su entrada en prisión y se mostró «tranquilo» al hablar de ello, aunque preocupado por su familia. Además, explicó que «llegaría hasta el final» para demostrar «su inocencia». Respecto al cáncer que padece, aseguró que, como le han confirmado las últimas pruebas, no tiene metástasis, «la mejor noticia que he recibido en diez años». Aún así, y según los informes médicos a los que tuvo acceso EPE, dicho cáncer necesitaría de un tratamiento combinado de «urgencia», algo que sería incompatible con su ingreso en prisión .
Un forense determinará si ingresa en prisión
La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Sevilla ha dictado hoy viernes una providencia en la que se pronuncia sobre el escrito presentado por la defensa del expresidente de Griñán, a fin de que se suspenda la ejecución de la pena de prisión impuesta por el caso ERE.
El abogado del ex presidente de la Junta «ha pedido la suspensión de la ejecución de la pena conforme al artículo 80.4 del Código Penal», artículo que dispone que los jueces y tribunales podrán otorgar la suspensión de cualquier pena impuesta sin sujeción a requisito alguno en el caso de que el penado esté aquejado de una enfermedad muy grave con padecimientos incurables.
En este sentido, y una vez vista la documentación médica aportada, el tribunal acuerda librar oficio al Instituto de Medicina Legal (IML) a fin de que, «por el forense designado al efecto, examinada la documentación y con reconocimiento del paciente si fuera necesario, se emita informe valorando si el ingreso en centro penitenciario pudiera tener incidencia en el desarrollo de la enfermedad o en el tratamiento prescrito». En base al resultado del informe forense, el tribunal decidirá sobre la petición de suspensión planteada por la defensa del ex presidente de la Junta.