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La alcaldesa de Salobreña, María Eugenia Rufino (PSOE) ha dictado este viernes una resolución de inicio de baja de oficio, del Padrón a Macarena Olona como vecina del municipio, tras comprobar la Policía Local que la candidata de Vox a la presidencia de la Junta de Andalucía no reside en el municipio granadino.
Esta baja de oficio cursada por el Ayuntamiento de Salobreña otorga ahora un plazo de alegaciones a Macarena Olona de 15 días. Desde el consistorio de la costa tropical añaden que deben esperar ese tiempo para concluir el expediente.
Recuerdan desde el Ayuntamiento que tras la presentación de las diferentes candidaturas para las elecciones autonómicas de junio de 2022, el pasado viernes 13 de mayo aparece en varios medios de comunicación la noticia de que la señora Macarena Olona está empadronada en la casa del presidente de Vox en Granada para poder concurrir a dichas elecciones. En algún medio además, el responsable provincial de Vox, Manuel Martín Montero, también concejal en el Ayuntamiento de Salobreña, reconoce expresamente que ella no vive aquí.
Desde este Ayuntamiento se emite un comunicado en el que confirmaba la tramitación del alta en noviembre de 2021 y cuyo procedimiento se llevó a cabo conforme a Ley, pues el titular de la vivienda había manifestado entonces que la señora Olona vivía en su casa. Tras verificar este extremo, el lunes 16 se presenta un dossier de prensa con toda la información que ha aparecido sobre el asunto en el fin de semana y se solicita el informe jurídico oportuno sobre el asunto, puesto que a partir de las declaraciones de Martín Montero existen dudas razonables sobre la veracidad de lo manifestado al Ayuntamiento en la solicitud de inscripción censal.
La Policía Local visita la vivienda de Salobreña
El martes 17 de mayo, y después de que la coalición Andaluces Levantaos anunciase su intención de recurrir la candidatura de Vox en Granada por el empadronamiento de Olona, el Secretario de la Corporación emite informe al respecto y con base en el mismo la alcaldesa inicia, mediante providencia, el procedimiento por el cual se inician los trámites para la baja de oficio de la inscripción padronal, en base a lo recogido en el artículo 72 del Régimen de Población y Demarcación Territorial de las entidades locales. En los dos días siguientes, la Policía Local realiza varias visitas a la vivienda, emitiendo informe sobre las averiguaciones practicadas, que impiden acreditar que la señora Olona reside en la vivienda.
Ya este viernes 20 de mayo, la alcaldesa de Salobreña ha dictado una resolución de inicio de baja de oficio, que debe otorgar plazo de alegaciones a los interesados. En paralelo, recuerdan desde el consistorio de la costa tropical, por parte de uno de los partidos que concurren a las elecciones autonómicas, se interpone denuncia ante la Junta Electoral, en referencia a Andaluces Levantaos, por lo que ahora todo queda en manos de la Junta Electoral de Granada.