Estas son las deducciones para la declaración de la renta en Andalucía, cuya campaña ha ha empezado este miércoles 6 de abril y se podrá realizar hasta el 30 de junio a través de la página web de la Agencia Tributaria. Para realizar la gestión a través de una llamada telefónica se podrá hacer a partir del día 5 de mayo y para hacerlo de manera presencial en las oficinas de dicha administración la fecha establecida es a partir del 1 de junio.
La Agencia Tributaria realiza una serie de deducciones, es decir, de reducciones, por diferentes criterios que el contribuyente debe conocer antes de realizar la gestión. Estas deducciones pueden variar en función de la comunidad autónoma en la que se resida. Estas son las deducciones en la declaración de la Renta en Andalucía, la comunidad que más contribuyentes aporta con cerca de cuatro millones.
La hipoteca de una vivienda
Una de las deducciones en la declaración de renta que se aplica en Andalucía es sobre la adquisición de una vivienda. Esta deducción no está disponible para todos los contribuyentes, si no solo para quienes compraron su vivienda antes del 1 de enero de 2013, y hayan incluido este punto en las declaraciones de la renta anteriores y todavía estén abonándola.
Entre las desgravaciones de las viviendas, deben tener especial atención aquellos ciudadanos que poseen una vivienda protegida. Estos se deducen el 2% de lo que gastaron en la compra o rehabilitación de viviendas a partir del año 2003. La base imponible general y de ahorro de la unidad familiar no puede ser superior en 2,5 veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM) en viviendas protegidas de régimen especial. Igual, pero cuatro veces este indicador en viviendas protegidas de régimen general. Tampoco puede ser 5,5 veces el IPREM en las viviendas protegidas de precio limitado. El tope de la deducción se sitúa en 9040 euros.
Alquiler de una vivienda
La base imponible de esta deducción se sitúa en los 24.107,20 euros. Se deduce el 15% de las cantidades satisfechas en el periodo impositivo por el alquiler de la vivienda habitual del contribuyente. El importe máximo de deducción será de 500 euros anuales.
Uno de los requisitos para poder beneficiarse de esta deducción aplicada en la declaración de la renta en Andalucía es que el contribuyente no haya cumplido los 35 años de edad a la fecha de devengo del impuesto (normalmente, el 31 de diciembre). En caso de tributación conjunta, este requisito de la edad deberá cumplirlo, al menos, uno de los cónyuges o, en su caso, el padre o la madre en el supuesto de familias monoparentales.
Familia numerosa
Las familias numerosas pueden acceder a una deducción de 200 euros si pertenecen a la categoría general o 400 si son de la categoría especial. Las condiciones necesarias para la consideración de familia numerosa y su clasificación por categorías se determinarán de acuerdo con lo establecido en la Ley 40/2003, de 18 de noviembre, de Protección a las Familias Numerosas, o norma que la sustituya.
Los contribuyentes deberán ostentar, a la fecha del devengo del impuesto, el título de familia numerosa que acredita dicha condición y categoría. Además, la suma de las bases imponible general y del ahorro no sea superior 19.000 euros en tributación individual o 24.000 euros en caso de tributación conjunta.
Por maternidad
En el caso del nacimiento o la adopción de un hijo, la deducción supone 50 euros por hijo en el periodo impositivo. En el caso de partos o adopciones múltiples, la cuantía correspondiente de la deducción se incrementará en 50 euros por cada hijo. Este incremento de 50 euros por cada hijo en el caso de parto o adopción múltiple se aplicará, aunque hubiera fallecido alguno de ellos en el año.
Entre los requisitos que pide la Agencia Tributaria para poder beneficiarse de esta deducción está que la suma de las bases imponibles general y del ahorro del contribuyente, casillas [0435] y [0460] de la declaración, no supere las siguientes cantidades: 19.000 euros en tributación individual y 24.000 euros en tributación conjunta.
Por obras de eficiencia energética
Estas deducciones varían su porcentaje en función del tipo de obra que se haya realizado. Si se han realizado obras para reducir el uso de la calefacción o aire acondicionado, se deduce el 20% hasta un máximo de 5000 euros. Si las obras han ido enfocadas a la mejora en el uso de energía renovables no primarias, se deduce un 40%, hasta un máximo de 7500 euros. Por último, si se han realizado reformas en la rehabilitación energética, la deducción asciende al 60%, con un tope de 5000 euros.
Donaciones a entidades no lucrativas
Si el contribuyente colabora con una entidad no lucrativa a través de cantidades económicas podrá deducirse hasta el 80% de los primeros 150 euros y después se quedará en el 35% para la cantidad que reste.
Ayuda doméstica
Si se cuenta con un empleado o empleada en el hogar se aplica una deducción del 15% con una cantidad máxima anual de 250 años.
Para contribuyentes con discapacidad
Se aplicará una deducción de 100 euros por cada contribuyente que tenga la consideración legal de persona con discapacidad en grado igual o superior al 33%. La suma de las bases imponibles general y del ahorro del contribuyente, casillas [0435] y [0460] de la declaración, no supere las siguientes cantidades: 19.000 euros en tributación individual y 24.000 euros en tributación conjunta.