Se cumplen 15 años del referéndum sobre la reforma del Estatuto de Autonomía de Andalucía que se celebró el 18 de febrero de 2007. El 20 de diciembre de 2006 el Senado aprobó, con el apoyo más amplio recibido hasta ahora por un texto de esta índole, la Reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía. Atrás quedaban meses de negociación política y de trámites parlamentarios que han acabado configurando un texto con el que, entre otros objetivos, la Comunidad Autónoma pretende alcanzar el máximo techo competencial y ampliar los derechos sociales de sus ciudadanos.
Fue en junio de 2001, en el Debate del Estado de la Comunidad el presidente de la Junta, Manuel Chaves, lanzaba la idea de reformar el Estatuto. El impulso definitivo a esta reforma, enmarcada en un contexto general propicio a las modificaciones estatutarias, llegó en junio de 2004, cuando el Parlamento andaluz acuerda crear la Ponencia de Reforma del Estatuto, de la que formarían parte once parlamentarios. Este órgano, además de elaborar una declaración conjunta, decide convocar a un amplio abanico de representantes sociales, económicos y culturales, además de expertos constitucionalistas, que expusieron en sede parlamentaria sus opiniones y propuestas sobre el proyecto.
El 16 de febrero de 2006, el pleno del Parlamento admite a trámite la proposición de Ley de Reforma del Estatuto con los votos a favor de los grupos Socialistas e IULV-CA y con la abstención del PA y el PP. Entre sus principales novedades, se halla la creación de títulos correspondientes a Derechos Sociales, Deberes y Políticas Públicas, Organización Territorial, Medio Ambiente y Medios de Comunicación.
El 2 de mayo se celebra definitivamente el debate en el pleno del Parlamento andaluz, donde la proposición de Ley obtiene los votos a favor de los grupos Socialistas e IU, mientras que populares y andalucistas se posicionan en contra. Tres días más tarde, la presidenta del Parlamento andaluz, María del Mar Moreno, presenta en el registro del Congreso de los Diputados la Propuesta de Reforma del Estatuto. Tiene un total de 246 artículos, 11 títulos y seis disposiciones adicionales, con lo que amplía notablemente la extensión del Estatuto vigente, ya que incrementa sus títulos de seis a once, mientras que el número de artículos pasa de 75 a 246. Las disposiciones adicionales también se incrementan, al pasar de cuatro a seis. Las transitorias son las únicas en reducirse, al pasar de seis a dos.
Enmiendas a la reforma del estatuto de autonomía
Tras la toma en consideración de la propuesta en la Cámara Baja, los grupos parlamentarios presentaron sus enmiendas al texto. El plazo concluyó el 5 de septiembre y en total se registraron 285 enmiendas.
En el Congreso de los Diputados los trámites se prolongaron durante casi dos meses. En primer lugar se constituyó la Ponencia del Congreso -compuesta por once diputados y por otros tantos parlamentarios andaluces-, que da el relevo a la Comisión Constitucional el 19 de octubre de 2006. Es en el seno de este órgano donde PSOE, PP e IU alcanzan, tras intensos debates, el acuerdo definitivo en torno al texto.
Refrendado el 18 de febrero de 2007
El siguiente paso fue la aprobación, el 2 de noviembre, del Proyecto de Reforma por parte del pleno del Congreso. El apoyo fue casi unánime, ya que 306 de los 308 diputados presentes votaron a favor. El texto, tras su paso por el Senado, fue refrendado por los andaluces el 18 de febrero de 2007.
El nuevo Estatuto de Autonomía para Andalucía recibió el respaldo del 87,4% de los votos emitidos en el Referéndum de ratificación celebrado el 18 de febrero de 2007 y al que estaban convocados más de seis millones de ciudadanos. Con el 100% de las mesas electorales escrutadas, los resultados finales arrojaron un 87,4% de votos afirmativos, un 9,4% de sufragios en contra y 3% de papeletas en blanco. Por su parte, la participación ciudadana fue del 36,2%. En Almería, el 32,2% del censo acudió a votar, en Cádiz lo hizo un 30,8%, en Córdoba un 40,79%, en Granada un 36,78%, en Huelva un 35,24%, en Jaén un 44%, en Málaga un 32,36%, y en Sevilla un 39,04%.
Referencia al Manifiesto andalucista de Córdoba
Finalmente el texto cuenta con un total de 250 artículos, 11 títulos, cinco disposiciones adicionales, dos disposiciones transitorias, una disposición derogatoria, y tres disposiciones finales.
En el preámbulo del nuevo texto se hace referencia al Manifiesto andalucista de Córdoba que describió a Andalucía como realidad nacional en 1919, «cuyo espíritu los andaluces encauzaron plenamente a través del proceso de autogobierno recogido en nuestra Carta Magna». En el artículo 1 del Título Preliminar se afirma que Andalucía es una nacionalidad histórica que, en el ejercicio del derecho de autogobierno que reconoce la Constitución, se constituye en comunidad autónoma, en el marco de la unidad de la nación española y conforme al artículo 2 de la Constitución.
Competencias
A lo largo de 45 artículos se desgranan las competencias exclusivas de la comunidad autónoma y las que compartirá con el Gobierno central. Sobresale la precisión que se alcanza en un terreno estratégico como es la planificación energética, que se establece como una competencia compartida con el Estado y permitirá a Andalucía participar, a través de organismos multilaterales, en la regulación y planificación del sector de la energía que afecte a la comunidad. En el Estatuto, además, se hace una apuesta clara por la protección del medio ambiente y el desarrollo sostenible.
Entre las competencias exclusivas destaca la que se refiere a la política hidráulica -ya que todas las aguas que discurran por territorio andaluz serán responsabilidad de la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir– o la que atañe a la ordenación del litoral.
Justicia
En otro orden de cosas, en el artículo 140 del nuevo Estatuto queda reflejado que el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía es el órgano jurisdiccional en que culmina la organización judicial en Andalucía. Además se explica que corresponde a este alto tribunal, en exclusiva, la unificación de la interpretación del derecho en Andalucía.
Financiación y Deuda histórica
El nuevo texto declara la autonomía financiera y la suficiencia financiera de la comunidad, que atenderá fundamentalmente a la población real efectiva. Además se tendrán en cuenta otras circunstancias que pudieran influir en el coste de los servicios que se presten. En cuanto a la actualización de los fondos que le corresponden a Andalucía, se especifica que el Estado y la comunidad autónoma procederán a una revisión quinquenal del sistema de financiación, «teniendo en cuenta la evolución del conjunto de recursos públicos disponibles y de las necesidades de gastos de las diferentes administraciones». Además de prever la creación, por ley, de una Agencia Tributaria propia, el Estatuto consagra que Andalucía participará en el estudio de las inversiones que el Estado realizará en su territorio y en la gestión, planificación y ejecución de los fondos europeos.
Han pasado 15 años desde que los andaluces refrendaron en las urnas el nuevo estatuto de autonomía. Ahora toca revisar la ejecución y vigencia de este marco que se dieron los andaluces.
El Rey Juan Carlos I rubricó el nuevo Estatuto de Autonomía para Andalucía el 19 de marzo y el 20 de Marzo de 2007 entró en vigor con la publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE) de la resolución de la Jefatura del Estado relativa a la Ley Orgánica de Reforma del Estatuto.