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El Consejo Andaluz de Comercio ha aprobado por mayoría el calendario de apertura de comercios autorizada de domingos y festivos para 2023, que suma 16 días comprendidos a lo largo del año. En la elección de los días en los que los establecimientos pueden abrir se ha tenido en cuenta de forma prioritaria el atractivo comercial de estos días para las personas consumidoras.
Esta decisión se ha adoptado en un pleno entre la Junta de Andalucía, las principales asociaciones empresariales representativas del sector comercial, sindicales y de consumidores, los municipios y provincias de Andalucía y toda la red cameral.
Diciembre, en la que más días festivos abrirán
De acuerdo con ello, el pleno del Consejo Andaluz de Comercio ha dado luz verde a las siguientes días:
Enero: 2 y 8.
Abril: 6 y 30
Julio: 2 y 30
Agosto: 15
Octubre: 12
Noviembre: 1 y 16
Diciembre: 3, 8, 10, 16, 24 y 31
Para ello, se han seguido los siguientes criterios establecidos en la Ley, que hablan de «la apertura de al menos un día festivo cuando coincidan dos o más continuados o la apertura en los domingos y festivos correspondientes a los períodos tradicionales de rebajas o ventas promocionales». También se ha valorado, de acuerdo con la normativa, abrir en los domingos y festivos de mayor afluencia turística en la comunidad o de la campaña de Navidad y de Reyes.
Este calendario sólo aplica para grandes superficies
Dicho calendario será de aplicación solo para los comercios con una superficie útil de exposición y venta superior a los 300 metros cuadrados, los establecimientos con unas dimensiones inferiores mantienen la autorización de apertura para cualquier domingo o festivo. Esta decisión aparecerá en el próximo BOJA en los próximos días.
Los ayuntamientos tendrán la oportunidad de solicitar la permuta de hasta dos domingos y festivos de 2023 por otros que a efectos comerciales interesen más a la localidad. Será la Consejería de Transformación Económica la que resuelva dichas peticiones, previo informe del Consejo Andaluz de Comercio. La decisión tendrá que ser comunicada al ayuntamiento solicitante y publicada también en BOJA.